Publicada la Orden de Vedas de la Comunidad de Madrid
En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy (núm. 180), ha sido publicada la Orden 1528/2020, de 16 de julio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles que regirán durante la temporada 2020-2021.
La media veda, lo más inmediato mantiene sus fechas habituales en cotos privados con superficie igual o superior a 250 has, los jueves, sábados, domingos y festivos desde el 15 de agosto al 15 de septiembre.
No existe limitación de número de ejemplares para las especies:
Paloma torcaz
Paloma bravía
Estornino pinto
Urraca
Grajilla
Corneja
Zorro
Pero para la codorniz se establece un cupo de 10 ejemplares por cazador y día.
En cuanto a la tórtola se reduce un poco más el período, pudiéndose cazar los sábados y domingos comprendidos entre el último fin de semana de agosto (29-30/08) y el primero de septiembre (05-06/09). Es decir se puede cazar solo los 4 días indicados con un cupo de 8 ejemplares por cazador y día.
En el ejercicio de la caza menor, al salto o en mano, cada cazador podrá estar acompañado por un máximo de tres perros.
La Orden completa en:.
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